Reconociendo la necesidad de controlar las operaciones de transbordo de mercancías y de mejorar el conocimiento por la Comisión de los cargamentos de los barcos que operan dentro del Área de la Convención, la CCRVMA exige a los Miembros que notifiquen a la Secretaría de la CCRVMA los detalles de todos los transbordos que tengan lugar en el Área de la Convención, como mínimo 72 horas antes de ser realizados. Los propios barcos también pueden notificar estos transbordos directamente a la Secretaría de la CCRVMA. La información necesaria incluye los detalles de los barcos y su posición durante el transbordo, la fecha y hora de la operación, y los productos a ser tranbordados. La List of transhipments está a disposición de las Partes contratantes.