La CCRVMA implementa medidas para fundamentar la conservación y la ordenación de los recursos vivos marinos antárticos mediante la reducción de los riesgos que las actividades de recolección de recursos puedan suponer para la conservación de las especies objetivo o de la captura incidental y para el ecosistema marino en general. La CCRVMA tiene por objetivo alcanzar niveles óptimos de cumplimiento de las medidas de conservación e históricamente ha estado a la vanguardia en este tipo de tarea. La CCRVMA ha adoptado una medida de conservación (Medida de conservación 10-10) que implementa un Procedimiento de Evaluación del Cumplimiento al que se someten todos los Miembros.
Las medidas de conservación de la CCRVMA son la base del funcionamiento de varios sistemas y herramientas de cumplimiento. Los Miembros implementan sistemas de cumplimiento que incluyen:
- la concesión de permisos de pesca a los barcos (Medida de conservación 10-02)
- el seguimiento de los desplazamientos de los barcos (Medida de conservación 10-04)
- el seguimiento de los desplazamientos de los barcos (Medida de conservación 10-09)
- el Sistema de Inspección
- el Sistema de Seguimiento de Barcos (Medida de conservación 10-04)
- el Sistema de Documentación de la Captura (Medida de conservación 10-05).
Preocupada por que la Pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) ponga en peligro la consecución de los objetivos de la Convención de la CRVMA, la CCRVMA ha adoptado medidas de conservación adicionales para hacer frente al riesgo de la pesca INDNR. Esas medidas de conservación incluyen el establecimiento de la 2024/25 Lista de barcos de pesca INDNR-PNC (Medida de conservación 10-07) y la 2024/25 Lista de barcos de pesca INDNR-PC (Medida de conservación 10-06), y de un sistema de obligaciones impuestas a los Países miembro de la CCRVMA para que controlen las actividades de sus ciudadanos (Medida de conservación 10-08).
El Comité Permanente de Ejecución y Cumplimiento (SCIC) es un órgano auxiliar de La Comisión, que se reúne anualmente para evaluar la aplicación de las medidas de conservación y los sistemas de cumplimiento, y para asesorar a La Comisión sobre su mejora e implementación.