Nueva Zelandia propone enmendar la MC 10-02 de manera que las Partes contratantes no puedan otorgar licencias para pescar en el Área de la Convención de la CCRVMA a barcos que figuren en una lista definitiva de barcos de pesca INDNR administrada por un órgano regional de pesca.
Abstract:
Nueva Zelandia propone una enmienda a la Medida de Conservación (MC) 10-09 para recabar mejores datos sobre las actividades de transbordo que se realizan en el Área de la Convención de la CRVMA.
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La República de Corea propone modificar la Medida de Conservación 10-05 para que cumpla mejor su misión teniendo en cuenta que cada Parte contratante tiene un marco legal propio a la hora de implementar la disposiciones relevantes de la medida. Una vez adoptada, se espera que la medida de conservación permita a toda Parte contratante emitir DCDCE para capturas de Dissostichus spp. sospechosas de haber sido extraídas ilegalmente pero que no se pueden embargar o decomisar inmediatamente por razones que tienen que ver con el marco legal nacional.
Abstract:
Many international programs collect information on upcoming activities in the Southern Ocean, relevant to their communities. To support the sharing of this information, the Southern Ocean Observing System (SOOS) has developed the Database of Upcoming Expeditions to the Southern Ocean, DueSouth (www.soos.aq). Developed by the Australian Antarctic Data Centre, DueSouth is an open-access resource for the community that supports the planning of collaborative field programs by providing basic information on future activities in the Southern Ocean. DueSouth currently shares information on planned voyages and flights by National Antarctic Programs, international oceanography programs, and tourist companies. The inclusion of industry vessels (e.g., Tourist and Fisheries) provide important “Ships of Opportunity” for deployment of observational platforms or collection of data from regions that may not be routinely visited by research vessels. Building on the 2018 endorsement by the Scientific Committee (e-sc-xxxvii_1.pdf paragraph 10.9) and the test case provided as shown herein, SOOS now requests formal approval for the inclusion of all Fisheries Notifications into DueSouth by the Commission.
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Se propone que la Comisión introduzca un límite de cuatro al número de barcos que un Miembro pueda notificar para su participación en las dos pesquerías de las Subáreas estadísticas 88.1 y 88.2. La propuesta contribuirá a asegurar que la CCRVMA pueda dar continuidad a su labor de conservación de los recursos vivos marinos antárticos de conformidad con la Convención. Asimismo, responde a una preocupación planteada en la primera Evaluación del Funcionamiento y facilitará una ordenación más eficaz de la pesca, supondrá una mejora de la seguridad marítima de los barcos y reducirá la carga administrativa para los Miembros y para la Secretaría.
Abstract:
This document reflects the changes incorporated into the D1MPA proposal, based on new publications, WG-EMM discussions and documents regarding krill fishery management workplan, and suggestions made during the intersessional discussions after the D1MPA proposal was formally introduced by Chile and Argentina at CCAMLR XXXVII. It also addresses the outstanding issues raised by Members during the last meeting of the Scientific Committee (Hobart, 2018). This document provides detailed information about the rationale behind the modifications included in the D1MPA Model, in a manner that conservation objectives are achieved, while allowing for fishery to redistribute and avoid further spatio-temporal concentration. The specific changes made to the D1MPA model are described.
Abstract:
This document reflects the changes incorporated into the D1MPA proposal, based on new publications, WG-EMM discussions and documents regarding krill fishery management workplan, and suggestions made during the intersessional discussions after the D1MPA proposal was formally introduced by Chile and Argentina at CCAMLR XXXVII. It also addresses the outstanding issues raised by Members during the last meeting of the Scientific Committee (Hobart, 2018). This document provides detailed information about the rationale behind the modifications included in the D1MPA Model, in a manner that conservation objectives are achieved, while allowing for fishery to redistribute and avoid further spatio-temporal concentration. The specific changes made to the D1MPA model are described.
Abstract:
El Comité Científico ha reconocido que con el fin de mantener su liderazgo en la ordenación de la pesquería basada en el ecosistema, sus grupos de trabajo deben tener en cuenta las consecuencias del cambio climático.
La solidez del protocolo de ordenación de la pesca de austromerluza de la CCRVMA, establecido a partir del criterio de decisión, se evalúa a la luz de los cambios hipotéticos y futuros en las interacciones entre la pesquería y los stocks, así como de la productividad de los stocks que podría derivar del cambio climático.
Ha quedado demostrado que el criterio de decisión es sumamente precautorio, como corresponde a la ordenación de las especies antárticas de aguas profundas y ha incorporado adecuadamente los cambios de las interacciones entre la pesquería y los stocks.
Sin embargo, la solidez del criterio de decisión ante la posible variación en la productividad inducida por el cambio climático es una sensibilidad que debería ser evaluada por el Comité Científico y sus grupos de trabajo. Sería conveniente ampliar el criterio de decisión para incluir puntos de referencia límite u objetivo, en función de la tasa de explotación, dado que esto aseguraría que el asesoramiento en materia de ordenación también fuera sólido en relación con las alteraciones en la productividad. La modificación también podría sentar las bases para prestar asesoramiento en cuanto a captura en las zonas donde históricamente se ha registrado pesca INDNR y se desconoce la biomasa histórica.
Abstract:
Basándose en el análisis de los aspectos legales y científicos de la situación actual respecto de la creación de Áreas Marinas Protegidas (AMP) en el Área de la Convención, este documento contempla medidas de procedimiento y de implementación, con el fin de establecer un proceso único para la designación de AMP fundada en bases científicas y para que la Comisión de la CCRVMA regule su operación.