Las delegaciones de Nueva Zelandia y de Estados Unidos presentan esta propuesta modificada para el establecimiento por la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (Comisión o CCRVMA) de un área marina protegida (AMP) en la región del Mar de Ross (‘Área Marina Protegida de la región del Mar de Ross’). Presentada por primera vez en octubre de 2012 (CCAMLR-XXXI) y de nuevo en julio de 2013 (CCAMLR SM-II (CCAMLR-SM-II/04) y en octubre de 2013 (CCAMLR-XXXII/27), nuestras delegaciones proponen que la CCRVMA establezca un AMP para la conservación de los recursos vivos marinos; para preservar la estructura y procesos del ecosistema; para proteger procesos vitales del ecosistema y áreas de importancia ecológica; y para promover la investigación científica, incluyendo la creación de áreas de referencia. Agradecemos a los Miembros las muchas discusiones y comentarios constructivos relativos a la propuesta de AMP para la región del Mar de Ross en las recientes reuniones del Comité Científico y de la Comisión en Hobart en octubre de 2013. Habiendo considerado cuidadosamente dichas discusiones y comentarios, se han hecho enmiendas adicionales a la propuesta. Entre las principales modificaciones se incluyen enmiendas al preámbulo, la inclusión de descripciones de zonas de AMP, con listas de los objetivos científicos y de protección específicos para las zonas, la reorganización y cambios técnicos a la notificación, revisión, y período de duración de la designación de componentes, y otras aclaraciones técnicas. Reconocemos que otros aspectos importantes de la propuesta fueron discutidos por el Comité Científico y la Comisión en CCAMLR XXXII. Estos aspectos requieren de mayor discusión y negociación en el seno de la Comisión. Estamos deseosos de trabajar con los Miembros en CCAMLR-XXXIII en estos temas y en las enmiendas aquí propuestas a fin de alcanzar consenso para que la CCRVMA establezca un AMP en la región del Mar de Ross.
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Abstract:
Este informe resume las observaciones realizadas por Francia relativas a la pesca ilegal desde el 23 de agosto de 2013 al 23 de agosto de 2104. Cubre la Subárea estadística 58.6 y las Divisiones 58.5.1 y 58.5.2, que incluyen las ZEE de las Islas Crozet, Islas Kerguelén e Islas Heard y de McDonald respectivamente, y también las Divisiones estadísticas 58.4.3 y 58.4.4, aguas internacionales que contienen los bancos BANZARE, Elan, Lena y Ob, donde Francia ha llevado a cabo pesquerías exploratorias.
En las ZEE de Francia, en las cuales el sistema de vigilancia funciona durante todo el año, no se observaron ni notificaron actividades de pesca INDNR si bien se encontraron artes de pesca que no pertenecían a barcos con licencia en varias ocasiones. Más aún, Francia no observó ninguna actividad de pesca INDNR en las aguas internacionales mencionadas más arriba.
Entre 2004 y 2014, el sistema de vigilancia de radar por satélite y las patrullas marítimas demostraron su eficacia y estos esfuerzos deberán continuar. De hecho, con la excepción de un año, barcos que figuran en la lista de pesca INDNR de la CCRVMA han sido observados cada año durante los últimos diez años. La interceptación más reciente, en 2013, de un barco de pesca en la ZEE de Crozet por una fragata naval de Francia, conjuntamente con la recuperación habitual de artes ilegales, prueban que se realizan incursiones en la ZEE de Francia. En las aguas internacionales dentro del Área de la Convención (bancos de BANZARE, Elan, Lena y Ob), los informes de las observaciones también mencionan la realización de actividades de pesca por barcos inscritos en las listas de barcos de pesca INDNR de la CCRVMA.